martes, 7 de septiembre de 2010

Riesgo Crediticio

Todos alguna vez hemos solicitado un crédito, que significa consuma ahora y pague después, en términos prácticos, sin entrar en definiciones económicas complejas.

Este simple hecho implica:

1) El capital del préstamo tiene un origen, quien arriesga en realizar el préstamo. Este riesgo debe ser recompensado con un pago, denominado intereses.
2) Las personas que reciben el crédito representan un nivel de riesgos diferentes entre ellos. Este nivel de riesgos implica que podría pagar o no.

Podemos decir entonces que el riesgo bajo este contexto se da porque existe una probabilidad de incumplimiento de las condiciones iniciales pactadas, entre ellas y la más importante, la falla en el pago.

Si el cliente falla en el pago, existe pérdida de diferentes tipos, pérdidas sobre el patrimonio, gastos operacionales, gastos administrativos, costos de oportunidades, y si esto lo multiplicamos por un volumen representativo, representa el valor en riesgo al que hace frente la entidad, puede incluso representar la quiebra.

Los negocios actuales, todos sin excepción, tienden a brindar créditos mediante instituciones reguladas o no, pues los entornos actuales no están para hacer grandes desembolsos, sino en administrar mejor los compromisos y dejar que los activos diversos generen sus propios pagos.

Concluimos que para lograr la recuperación adecuada de lo prestado, más los intereses, debemos de administrar el crédito, la forma es mediante la administración del riesgo de crédito.

Empezamos entonces varias secciones de administración del riesgo de crédito, donde iremos desarrollando los procesos necesarios, las técnicas cualitativas, cuatitativas y métodos avanzados internos, donde los otorgamientos entán 100% en función del nivel de riesgos que implican los clientes.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Qué diferencia con el riesgo operacional?, porque ambos se pueden confundir en algunos casos.

Juan Cotrina dijo...

El riesgo de crédito es orientado a gestionar la probabilidad de incumplimiento de las condiciones pactadas, es decir orientado al cliente o a la contraparte. A diferencia del riesgo operacional, que puede identificar fallas o deficiencias en los procesos de evaluación por ejemplo, o intentos de fraude externo, caída de los sistemas durante registro de solicitudes, etc. Te das cuenta que no es posible confundirlos.